La sesión número 407 del 14 de diciembre del presente, convocada con carácter de urgente por el Colegio Académico de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) para evaluar la posible destitución del Dr. David Chacón Hernández, Defensor Titular de la Defensoría de los Derechos Universitarios (DDU), fue suspendida, debido a que Chacón presentó su renuncia ese mismo día, evitando así ser destituido de su cargo por el Colegio Académico, máximo órgano rector de la institución.
La (DDU) fue creada en 2015, siendo designado Chacón Hernández como Defensor Titular y Alejandro Santiago Monzalvo, también profesor de la UAM-Azcapotzalco (UAM-A), como Defensor Adjunto.
Alejandro Santiago inició una relación de concubinato con su alumna Karla Paola en 2014. Según declaró Karla Paola en la sesión 405 del Colegio Académico, el 9 de diciembre de 2016: “Lo conocí cuando era mi profesor, empezamos a salir, por una u otra cosa creo que tuvo que ver su insistencia y que yo estaba en una situación de vulnerabilidad, le pedí ayuda, me dio una asesoría y bueno, terminó acercándose de otra manera y terminamos saliendo”.
En esa misma sesión Paola declaró que a lo largo de la relación sufrió violencia física, verbal e incluso intentos de estrangulamiento a manos de Alejandro Santiago. Los episodios violentos, señaló, fueron en aumento, hasta que tuvo que ser atendida de urgencia en el Hospital General Rubén Leñero. Inmediatamente, en diciembre de 2015, Karla Paola levantó una denuncia por violencia familiar equiparada en la Fiscalía de Procesos de Juzgados Familiares de la Ciudad de México.
Posteriormente Alejandro Santiago le pidió que se reencontraran para devolverle sus pertenencias. Paola refirió que durante dicho encuentro el agresor prometió cambiar y ella decidió otorgárle el perdón en la Fiscalía, dado que su situación económica era precaria y dependía económicamente de él.
En mayo de 2016 el Dr. Chacón le ofreció a Karla Paola trabajar como Asistente Administrativa en la DDU, donde Alejandro Santiago comenzó a hostigarla laboralmente. En respuesta, Karla Paola decidió -como lo indica el Reglamento de la DDU- exponer su caso el 10 de noviembre de 2016 mediante un oficio dirigido al Defensor Titular, Chacón Hernández, en respuesta al cual éste la revictimizó, haciéndola responsable de las agresiones a las que Alejandro Santiago la sometía.
Asimismo, en noviembre de 2016 Karla decidió terminar su relación de manera definitiva con Alejandro Santiago, levantando inmediatamente una segunda denuncia donde revocaba el perdón que le había otorgado.
A partir de ese momento la colectiva Red No Están Solas (RedNES), que trabaja para combatir el acoso y la violencia hacia las mujeres en distintos ámbitos, comenzó a divulgar el caso en redes sociales, denunciando a Alejandro Santiago Monzalvo (quien pocos días después renunció) como un potencial feminicida, y posteriormente emitió un pronunciamiento público exigiendo la destitución inmediata de Chacón.
Karla Paola decidió dirigir una segunda denuncia a la DDU en diciembre de 2016, sin recibir respuesta alguna por parte del Titular, quien con esta omisión violó los artículos 20 y 21 del Reglamento de la DDU, el artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Protocolo de Atención a Víctimas de Violencia de la DDU.
“El titular me dijo que yo tenía la culpa de lo que estaba pasando, porque a una activista no le podía pasar una situación de violencia” (sic), expuso Paola durante la sesión con el Colegio Académico, señalando que Chacón la había amenazado con no renovar su contrato en la defensoría. “Había una especie de silencio por parte de todas las personas de esa oficina”, expresó, mientras declaraba que se sentía señalada y avergonzada en su espacio laboral a consecuencia de sus denuncias.
Al no proceder ninguna de las quejas que dirigió al Defensor Titular, Paola levantó una denuncia en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos el 7 de diciembre de 2016, especificando que el Defensor Titular la había culpado de los actos violentos de los que había sido objeto a manos de Alejandro Santiago, había omitido dar respuesta a los oficios que le había dirigido como servidor público, no había cumplido con los protocolos de la DDU ni la había canalizado a alguna instancia gubernamental.
El viernes 9 de diciembre del presente se llevó a cabo la sesión número 405 del Colegio Académico de la UAM, durante la cual Chacón presentó el informe anual de actividades de la Defensoría. El público y la comunidad universitaria presente manifestaron su indignación ante dicho informe, que en uno de sus fragmentos aseguraba lo siguiente:
“Tuvimos 92 orientaciones en total, de acuerdo a género las orientaciones fueron 31 mujeres, 56 hombres. […] Del total de las orientaciones 17.4% se convirtieron en quejas. Durante el año fueron un total de 16 quejas. 3 de Azcapotzalco, 3 de Cuajimalpa, 0 (cero) en Lerma, 8 en Iztapalapa, 0 (cero) en Xochimilco y 2 en Rectoría General”. (sic)
Miles de personas[1] integran la comunidad universitaria de la UAM, entre docentes, trabajadoras(es), estudiantes y administrativas(os). ¿Es posible que no existan denuncias de violencia de género por parte de las Unidades Lerma y Xochimilco entre noviembre de 2015 y diciembre de 2016, cuando Lerma forma parte del Estado de México, uno de los estados con mayor número de feminicidios en el país, y las estudiantes y trabajadoras de la UAM-Xochimilco visibilizaron decenas de casos de acoso a través de un muro de denuncia? ¿No existen casos de acoso, violencia u hostigamiento, o será que la DDU no se está haciendo cargo de la difusión de los Derechos Humanos como establece el reglamento? En todo caso, ¿por qué las mujeres no se están acercando a la DDU para denunciar?
El Mtro. Rafael Díaz, junto con otros miembros colegiados, hizo notar que el informe presentado por Chacón solamente contenía cifras, las cuales no especificaban cómo habían sido resueltas las quejas, calificándolo como insuficiente.
Al finalizar con el informe, David Chacón decidió compartir su versión de los hechos en relación con la denuncia de Karla Paola:
“Sé que la señorita es militante o es miembro de una organización feminista del Estado de México […] ¿Por qué no me lo había informado, siendo ella una mujer feminista?”. El artículo 13 del Reglamento de la DDU especifica que es deber del defensor respetar la pluraridad de ideas. Al hacer ese cuestionamiento, estaba emitiendo un juicio sobre la denunciante por ser simpatizante de una ideología o movimiento social.
“Yo entendí que tenía que ser sensible y decidí hablar dos días después con el Defensor Adjunto y, efectivamente, él me dice que hubo un conflicto, sin embargo él da otra versión completamente opuesta […] y yo hablé nuevamente con ella y abrí una petición que me hizo en esa primera charla que tuvimos, me dijo ella: ‘Quiero renunciar’. A lo cual le dije: ‘Espérate un momento, podemos arreglarlo […] es fin de año, cobras el aguinaldo, déjame ver la versión de él, a lo mejor hay algo que se pueda hacer’. Para el viernes ella no quería ningún arreglo y me entrega un escrito […] En ese momento yo le informo que el profesor Adjunto ya no va a pertenecer en la defensoría, y respecto a que me señalaba que no podía estar en el mismo espacio de trabajo, que no podía convivir con él, le expuse inmediatamente […] lo que corresponde al espacio que ocupa la Defensoría definitivamente tratamos de impedir que no hubiera ningún encuentro. Buscando actuar conforme a los protocolos de actuación en estos casos de violencia a la mujer lo que dispuse fue que la maestra Leticia Ramirez, que tiene experiencia trabajando en ProVictima, se encargara de ello. […]
Esa es la parte que creo que me corresponde hacer.” (sic), continuó el ex Defensor Universitario.
“Lo que ocurrió entre ellos es un asunto personal y está fuera de la defensoría, no obstante he tratado de ser sensible”, aseguró Chacón. ¿La violencia ejercida por un Defensor de los Derechos Universitarios contra una mujer es un “asunto personal” que no le compete a la propia Defensoría?
“Yo no voy a abogar por el Defensor Adjunto, además señalaría que el día 14 [de noviembre], le pedí la renuncia y se lo pedí por ese motivo […] Meditando un poco con mis demás colegas decidimos dar un plazo para que la renuncia operara, debido a que él tenía expedientes a su cargo y tenía que darnos una entrega.” Que un miembro de la Defensoría de Derechos Universitarios agreda a una mujer, ¿no es motivo de despido inmediato? ¿Por qué el despido de Alejandro Santiago no fue inmediato y el de Karla Paola sí?
“De ninguna manera le he hecho daño, yo sólo la defendí, insistí con el secretario para que la contrataran porque en primera instancia me había dicho que no. Creo que sólo la he ayudado y que no merezco que me involucren si es que hay un delito. Yo me deslindo de esas acciones que ustedes realizaron fuera”. ¿Cuatro actas de denuncia y una hospitalización no son prueba suficiente para que el Defensor Titular reconozca las agresiones de Alejandro Santiago como delitos? ¿Qué función o sentido tiene un Defensor Titular que se deslinda de las agresiones a una mujer por parte de un Defensor Adjunto de la DDU?
“A mí ya me están juzgando, yo hablo por mí, a mí ya me están juzgando sin pruebas y sin juicio previo y sin otorgarme la presunción de inocencia. Es a lo que apelo, señorita, yo no le he hecho daño”, declaró el Titular de la Defensoría mientras señalaba a la víctima, que se encontraba entre el público, exhibiéndola.
En este punto la Dra. Claudia Salazar, también docente de la UAM, señaló: “Esta escena que presenciamos hace un momento donde el Dr. Chacón interpela directamente a la víctima haciéndole señalamientos de responsabilidad es lo que conocemos como revictimización, es una persona que ya ha sido violentada que ya ha tenido que pasar por esa situación, entonces ahora, enfrente de todo el Colegio Académico tiene que ser interpelada por haberse inconformado ante el trato que recibió […] Además tenemos la paradójica situación de un Defensor que se ha metido él mismo como parte del conflicto. Es decir, no ha sabido conservar el lugar que institucionalmente se le encomendó y se ha involucrado como parte del problema” (sic).
“Yo considero que he actuado con plena responsabilidad. No puedo yo saber cómo es la vida de los trabajadores […] Y yo les preguntaría: ¿Se hacen cargo ustedes de la conducta externa de sus trabajadores y de sus secretarios?” (sic), señaló David Chacón en otro punto de su declaración.
“Lo que nos está diciendo el profesor Chacón es que, en su comprensión sobre los derechos de las mujeres, el espacio donde una mujer sea agredida es razón suficiente para desresponsabilizarse del hecho, y eso es gravísimo. Eso muestra con toda evidencia la incompetencia del Dr. Chacón para hacerse cargo de una Defensoría Universitaria” (sic) respondió la Dra. Salazar.
Inmediatamente, 24 miembros colegiados solicitaron mediante oficio convocar a una sesión urgente para analizar, discutir y, en su caso, aprobar la destitución de David Chacón Hernández, por su evidente incompetencia para ocupar el cargo.
“Nos dice que considera que ha actuado con plena responsabilidad y yo creo que es una consideración que no le toca hacer a él, es una consideración que le toca hacer a este órgano colegiado. […] ¿Quién va a defender a la señorita del Defensor Universitario? Por lo menos este Colegio tendría que tomar cartas en ese asunto”, concluyó la Dra. Salazar.
El Dr. Chacón, por su parte, decidió que era mejor “poner pies en polvorosa” antes de que eso sucediera.
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[1] No existen estadísticas sobre la población estudiantil, docente, trabajadora y administrativa que conforma la Universidad Autónoma Metropolitana con sus cinco Unidades y Rectoría General.
Imagen de portada: Boletines UAM